Política de Divulgación de Conflictos de Interés

Inteligencia Colectiva - SAPHIR considera fundamental garantizar la independencia, transparencia e imparcialidad del proceso editorial.

Se entiende por conflicto de interés cualquier situación personal, profesional, académica, institucional, financiera o de otra naturaleza que pueda afectar, o pueda percibirse razonablemente que afecta, la objetividad de autores, revisores o editores.

Autores

Todos los autores deberán declarar cualquier posible conflicto de interés relacionado con el estudio presentado. Entre otros, deberán informarse:

  • Relaciones financieras con instituciones o empresas relacionadas con la investigación.
  • Financiamiento recibido.
  • Relaciones laborales o profesionales relevantes.
  • Asesorías o consultorías.
  • Vínculos institucionales que puedan influir en la interpretación de los resultados.
  • Relaciones personales o académicas que puedan generar un conflicto.

Cuando no existan conflictos de interés, deberá señalarse expresamente la siguiente declaración:

“Los autores declaran no tener conflictos de interés.”

Revisores

Los revisores deberán abstenerse de evaluar manuscritos cuando tengan conflictos de interés que puedan comprometer su imparcialidad.

Deberán comunicar inmediatamente al editor cualquier circunstancia que pueda afectar la independencia de su evaluación.

Editores

Los editores deberán apartarse de la gestión editorial de artículos respecto de los cuales exista conflicto de interés.

En dichos casos, el manuscrito será asignado a otro miembro del equipo editorial que pueda actuar con total independencia.

La declaración o inexistencia de conflictos de interés podrá incorporarse en la versión publicada del artículo para garantizar transparencia ante los lectores.